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La Corte Suprema confirmó la condena contra Claudia Panzardi por publicaciones en Twitter

El máximo tribunal nacional dejó firme el fallo que obliga a la intendenta chaqueña a indemnizar a Livio Gutiérrez por daños y perjuicios. El caso se originó en 2016 tras una serie de mensajes que la jefa comunal difundió contra el actual titular del Banco del Chaco.

 

El caso que vinculaba a la actual intendenta de Laguna Blanca, Claudia Panzardi, con una demanda por daños y perjuicios llegó a su resolución definitiva. La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso presentado por la funcionaria, dejando firme la sentencia que la obliga a resarcir económicamente a Livio Gutiérrez, actual titular del Banco del Chaco y exlegislador provincial, por publicaciones realizadas en la red social Twitter.

El origen del conflicto
El hecho ocurrió en abril de 2016, mientras Gutiérrez participaba en el programa televisivo «Intratables», emitido por América TV. En aquel momento, Panzardi utilizó su cuenta personal para publicar mensajes que vinculaban al entonces diputado con denuncias de violencia de género contra su pareja. Estas acusaciones, que posteriormente fueron replicadas por diversos medios de comunicación locales, motivaron el inicio de una demanda judicial por afectación al honor.

Argumentos de la justicia
Tanto en primera como en segunda instancia, la justicia provincial chaqueña falló a favor de Gutiérrez. Los magistrados determinaron que las expresiones de Panzardi no podían ser consideradas ni como información de interés público ni como una opinión protegida, sino que representaban una «intromisión injustificada» en la vida privada del demandante, calificándolas además de falsas y de haber alcanzado una amplia difusión que agravó el perjuicio.

Desestimación en la Corte
Tras agotar las instancias locales, Panzardi presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un intento por revertir la condena. Sin embargo, el máximo tribunal desestimó el pedido debido a «incumplimientos formales» en la presentación, específicamente por no adecuarse a los requisitos establecidos en la acordada 4/2007.

Con esta decisión del máximo tribunal, se cierra el proceso judicial y queda firme la obligación de la intendenta de indemnizar al funcionario afectado, sentando un antecedente relevante sobre los límites de la responsabilidad civil por expresiones difundidas en las redes sociales.

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