Revocan la prisión domiciliaria de Walter Pasko, acusado de lavado y facturas falsas
La Cámara Federal de Apelaciones ha revocado la prisión domiciliaria de Walter Pasko, contador señalado por liderar una red de facturas falsas y lavado de dinero. Pasko permanecerá detenido bajo prisión preventiva, a pesar de que el Juzgado N°1 había determinado su arresto domiciliario.
El Tribunal de Apelaciones de Resistencia anuló el viernes pasado la decisión que beneficiaba a Pasko, quien enfrenta cargos por asociación ilícita fiscal y lavado de activos. Esta acción fue resultado de los recursos de apelación presentados por el Ministerio Público Fiscal (MPF), la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), contra la resolución del Juzgado Federal N° 1 que había permitido su arresto domiciliario.
La jueza de primera instancia justificó la prisión domiciliaria por razones humanitarias, citando la situación de su hijo menor, de seis años, quien sufre de una discapacidad por un nacimiento prematuro y otras complicaciones. Señaló que el niño necesita cuidados constantes y apoyo emocional, y que su madre, también acusada, enfrenta dificultades económicas y sociales sin un sistema de apoyo familiar cercano. La magistrada utilizó una perspectiva de género para argumentar que la detención de Pasko generaría un impacto en la distribución de las responsabilidades de cuidado, afectando a la madre, que debe asumir sola la crianza del niño en un área rural con escaso acceso a transporte y servicios.
El Tribunal de Apelaciones, por mayoría, revocó esta decisión al considerar los recursos presentados. El MPF, representado por Patricio Sabadini, defendió que la situación de Pasko no cumple con los criterios excepcionales para la prisión domiciliaria, ya que el menor cuenta con el cuidado de su madre, quien no ha demostrado límites en su capacidad laboral. Además, puso de relieve que la situación económica de la familia es favorable y que los abuelos contribuyen económicamente.
Las quejas presentadas por la UIF y ARCA también coincidieron en que no se justificaba la necesidad de la presencia de Pasko para el bienestar del niño. Mencionaron que la madre ha podido cuidar al menor durante toda la detención sin evidenciar dificultades y que el entorno familiar es adecuado, con acceso a servicios y atención médica.
El Tribunal revisó informes médicos, psicológicos y socioambientales que describen al niño como con un desarrollo motor acorde a su edad y que participa en actividades recreativas, a pesar de algunas dificultades en lectoescritura y emocionales. La madre no presenta problemas de salud que afecten su capacidad de cuidado, y el niño mantiene contacto con su padre durante las visitas a la prisión.
En su fallo, el Tribunal concluyó que, aunque la ausencia de Pasko tiene un impacto en la vida del menor, no constituye una situación de vulnerabilidad excepcional que justifique su prisión domiciliaria, de acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño. La presencia de la madre asegura la atención adecuada del niño, mientras que los riesgos procesales, como la posibilidad de entorpecer el proceso judicial, persisten.

