Reforma de la Ley de Glaciares: uno por uno, los cambios clave que aprobó el Congreso
La Cámara de Diputados aprobó en la madrugada de este jueves la modificación de la Ley de Glaciares con 137 votos a favor, 111 en contra y 3 abstenciones, en una reforma que introduce cambios sustanciales en el esquema de protección ambiental vigente desde 2010. La iniciativa, que ya contaba con media sanción del Senado, fue girada al Poder Ejecutivo para su promulgación.

A partir de la nueva normativa, se redefine el alcance de la protección sobre glaciares y ambientes periglaciales. En adelante, solo quedarán bajo resguardo estricto aquellas áreas que cumplan una “función hídrica comprobada o relevante”, lo que implica un cambio respecto del criterio anterior, que establecía una cobertura más amplia.
Uno de los puntos centrales de la reforma es el fortalecimiento del rol de las provincias, que pasarán a tener mayor autonomía para definir qué zonas deben ser protegidas y cuáles pueden ser habilitadas para el desarrollo de actividades productivas. Este cambio responde a los planteos de distritos con fuerte potencial minero.
En ese marco, la ley elimina la prohibición general de actividades extractivas en zonas periglaciares y establece que los proyectos podrán autorizarse siempre que cuenten con una evaluación de impacto ambiental favorable. De este modo, se pasa de un sistema de restricciones generales a uno basado en análisis caso por caso, bajo la órbita de las autoridades provinciales.
Principales puntos de la modificación de la Ley de Glaciares
La reforma introduce una serie de cambios estructurales en la normativa vigente:
– Alcance de la protección: se limita la protección estricta a los glaciares y ambientes periglaciales que cumplan funciones hídricas específicas, cuya verificación quedará en manos de cada provincia.
– Mayor protagonismo provincial: las jurisdicciones adquieren mayor autonomía para definir criterios de protección y habilitación de actividades en sus territorios.
– Cambio en el sistema de prohibiciones: se abandona el esquema de restricciones generales y se adopta un modelo basado en evaluaciones de impacto ambiental caso por caso.
– Habilitación de actividades productivas: se abre la posibilidad de desarrollar actividades económicas, incluidas las extractivas, en zonas que antes estaban protegidas de manera amplia.
– Rol del Inventario Nacional de Glaciares: seguirá siendo una herramienta de consulta obligatoria, aunque sin limitar las decisiones de las provincias.
– Redefinición del rol del IANIGLA: el organismo mantendrá funciones técnicas y de registro, con menor incidencia en la toma de decisiones.
– Protección condicionada: los glaciares y geoformas periglaciares estarán protegidos mientras no se determine que no cumplen funciones hídricas relevantes.
– Evaluación ambiental obligatoria: cualquier proyecto deberá atravesar un estudio de impacto ambiental previo a su autorización.
La modificación generó cuestionamientos por parte de especialistas y organizaciones ambientalistas, que advierten sobre los riesgos de flexibilizar la protección de reservas estratégicas de agua dulce. Desde el oficialismo, en tanto, sostienen que la reforma permitirá ordenar el marco normativo y fortalecer el federalismo en la gestión de los recursos naturales.
Con su aprobación en Diputados, la iniciativa abre una nueva etapa en la regulación de los glaciares en la Argentina, en medio de un debate que vuelve a poner en tensión el desarrollo económico y la protección del ambiente.

