Economia 

Qué trae el “nuevo RIGI” para pymes y cómo impactará en inversiones

El borrador de la reforma laboral incorpora el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), una herramienta pensada como un “nuevo RIGI” pero orientado a pequeñas y medianas empresas. El objetivo es atraer capital productivo, nacional o extranjero, hacia actividades estratégicas en las provincias, ampliando además la competitividad y el empleo.

El régimen alcanzará a compañías habilitadas en el país que realicen nuevas inversiones dentro de los dos primeros años de vigencia de la ley. Esos fondos deberán destinarse a bienes muebles nuevos —excepto automóviles— o a obras directamente vinculadas con la producción. No se permitirán inversiones financieras ni compras para reventa, de modo que el programa se concentre en proyectos con impacto económico real.

La autoridad de aplicación será la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que evaluará cada iniciativa y definirá los beneficios fiscales. Aunque los montos mínimos de inversión aún no están precisados, se prevé que los requisitos varíen según el tamaño de la empresa. También habrá una categoría especial sin piso de ingreso para sectores agrícolas y energéticos con insumos estratégicos como sistemas de riego, eficiencia energética o mallas antigranizo.

Entre los beneficios, las firmas podrán optar por el régimen habitual del Impuesto a las Ganancias o por una amortización acelerada: los bienes muebles se deducirán en dos cuotas iguales, las obras tendrán una vida útil reducida y algunos equipamientos podrán deducirse de forma inmediata. Además, el IVA asociado a estas inversiones podrá reclamarse para devolución anticipada a partir del tercer período fiscal, sujeto a un cupo anual fijado por Economía y ARCA.

El RIMI será incompatible con el RIGI y con otros planes similares. Si una empresa pierde los requisitos durante la vigencia del régimen, deberá reintegrar todos los beneficios obtenidos. Los bienes adquiridos deberán permanecer dos ejercicios en la empresa, salvo casos de fuerza mayor o reemplazo por otros de igual o mayor valor.

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