Por decreto el Gobierno restringió el derecho a huelga y amplió la lista de actividades esenciales
Esta medida afecta a diversas áreas, incluyendo educación y transporte, que deberán operar entre un 50% y 75% en caso de conflictos laborales.
El decreto 340, que también desreguló el transporte marítimo, establece que muchos sindicatos verán limitadas sus capacidades de huelga. Según este decreto, las actividades consideradas esenciales deberán asegurar un funcionamiento mínimo, mientras que aquellas de importancia trascendental tendrán un límite inferior.
Entre los nuevos servicios esenciales se incluyen:
- Servicios de salud y hospitalarios, así como el transporte de medicamentos.
- Producción y distribución de energía y agua potable.
- Telecomunicaciones, incluyendo internet.
- Aeronáutica comercial y servicios portuarios.
- Educación en niveles básicos y cuidados de menores.
Las actividades de importancia trascendental abarcan:
- Producción de medicamentos.
- Transporte terrestre de mercancías.
- Servicios de medios de comunicación.
- Actividades industriales continuas y la cadena de producción alimentaria.
- Servicios bancarios y comercio electrónico.
La decisión ha provocado un fuerte rechazo. Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, criticó la medida como una práctica que prácticamente prohíbe las huelgas. Señaló que el decreto modifica la regulación de la Marina Mercante e impone obligaciones restrictivas a las huelgas en numerosas actividades, lo que podría desvirtuar el derecho de los trabajadores. Luis Campos, investigador del Instituto de Estudios y Formación de la CTA-Autónoma, también cuestionó la lógica del decreto, argumentando que entre sus 43 artículos, las regulaciones de la marina mercante han sido utilizadas para afectar a todos los trabajadores, debilitando así el derecho a huelga.

