Economia 

Nuevo aumento del impuesto a los combustibles: cómo impacta en nafta y gasoil en diciembre

El Decreto 840/2025 volvió a reprogramar las actualizaciones de los tributos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, que impactarán de forma parcial en diciembre.

El Gobierno nacional volvió a aplazar la aplicación plena de los aumentos previstos en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono, lo que influye directamente en el valor de la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. La medida quedó establecida en el Decreto 840/2025, publicado en el Boletín Oficial, y apunta a reducir el impacto en precios y en las cuentas públicas durante la etapa final de 2025.

Desde el Ejecutivo remarcaron que la decisión busca “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, por lo que se resolvió postergar parte de los ajustes que debían trasladarse al surtidor.

Cómo funciona la actualización impositiva

La normativa argentina —regida por la Ley N° 23.966— fija que los tributos sobre combustibles líquidos y el dióxido de carbono deben actualizarse cada tres meses según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), elaborado por el INDEC. Estos ajustes, bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), se programan para enero, abril, julio y octubre, y comienzan a regir desde el primer día del segundo mes posterior.

Sin embargo, este mecanismo no se cumple de manera lineal desde 2018, ya que distintos decretos del Poder Ejecutivo han ido postergando su aplicación para evitar saltos bruscos en los precios de los combustibles y en la economía. El Decreto 617/2025 —junto a sus modificaciones— ya había establecido un diferimiento parcial para las actualizaciones correspondientes a 2024 y a los dos primeros trimestres de 2025, definiendo que su efecto comenzaría a regir el 1 de diciembre de 2025.

Qué cambia el Decreto 840/2025

La nueva resolución redefine nuevamente el calendario de incrementos. En primer lugar, dispone cómo se trasladarán las actualizaciones pendientes de los tres primeros trimestres de 2024 para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, especificando un esquema de aplicación detallado en el propio decreto.

Además, incorpora un inciso clave que determina los montos que se aplicarán exclusivamente entre el 1 y el 31 de diciembre de 2025.

Todos estos valores corresponden a los montos fijos actualizados contemplados en los artículos 4°, 7° inciso d) y 11 de la Ley 23.966.

Impacto completo recién en 2026

El decreto también precisa que las actualizaciones pendientes de 2024 y de los primeros trimestres de 2025 se aplicarán de manera íntegra a partir del 1 de enero de 2026. Con este paso, el Gobierno vuelve a prorrogar la transferencia total de los aumentos al precio final, manteniendo la política de escalonar los incrementos para morigerar su efecto sobre consumidores y sobre el nivel de actividad.

El texto recuerda además que las variaciones surgen de la actualización basada en el IPC acumulado desde enero de 2018, y que los nuevos valores deben aplicarse a los hechos imponibles que se generen desde el primer día del segundo mes posterior a cada actualización.

Objetivo fiscal y efecto en la economía

Desde la administración nacional sostienen que el diferimiento parcial es necesario para “estimular el crecimiento de la economía” dentro de un marco fiscal que consideran sostenible. La estrategia oficial consiste en administrar el traslado de estas actualizaciones para moderar el impacto de la inflación y de los ajustes impositivos sobre el consumo de combustibles y la actividad económica en general.

 

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