Monotributo: recategorización obligatoria hasta el 5 de agosto
Si no realizan este trámite dentro del tiempo establecido, ARCA procederá a hacerlo automáticamente y por oficio, utilizando la información disponible.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó a los contribuyentes que se ha habilitado el trámite de recategorización del monotributo. Cada monotributista debe analizar sus ingresos y gastos de los últimos 12 meses para determinar si es necesario cambiar de categoría dentro del régimen. Las escalas del monotributo se actualizan semestralmente, tomando en cuenta la inflación acumulada en ese tiempo. Aunque todavía no se conoce el valor final, diversas entidades estadísticas proyectan un aumento promedio cercano al 15,40%.
Aspectos importantes del proceso de recategorización:
- Ingresar al Portal Monotributo usando el CUIT y la clave fiscal.
- Seleccionar la opción “Recategorización” y hacer clic en “RECATEGORIZARME”. Este trámite solo está disponible en enero y julio, que son los meses habilitados para este proceso.
El sistema mostrará la categoría actual y los límites para cada parámetro. Antes de proceder, es esencial verificar las escalas vigentes para confirmar cuál corresponde, haciendo clic en “ESCALAS VIGENTES”. Luego, se debe seleccionar “CONTINUAR RECATEGORIZACIÓN” e ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses. El sistema preguntará si se utiliza un local para la actividad. Si la respuesta es “NO”, se debe presionar “CONTINUAR”. Si la respuesta es “SÍ”, habrá que proporcionar los datos del establecimiento. Finalmente, el sistema calculará y mostrará la categoría correspondiente según los datos ingresados. Si se detecta algún error, se puede corregir utilizando el botón “VOLVER”. Si todo está correcto, solo queda hacer clic en “CONFIRMAR CATEGORÍA”.
Fecha límite para la recategorización del monotributo Los monotributistas tienen plazo hasta el 5 de agosto para realizar la recategorización obligatoria. Si no completan este trámite en el tiempo señalado, la ex AFIP se encargará de recategorizar al contribuyente automáticamente y por oficio, usando la información disponible.
Este procedimiento puede resultar en un cambio de categoría, generalmente hacia una superior, lo que podría afectar el monto a pagar mensualmente. Una vez efectuada la recategorización de oficio, el organismo notificará al monotributista a través del Domicilio Fiscal Electrónico en un plazo máximo de 10 días hábiles, informando sobre la nueva categoría asignada y los pasos a seguir. Por ello, es crucial completar este trámite para evitar sorpresas y posibles sanciones.

