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Lavado III: condena histórica por corrupción y lavado de activos en Villa Río Bermejito

El Tribunal Oral Federal de Resistencia dictó este miércoles una de las sentencias más duras de los últimos años en materia de corrupción estructural y lavado de activos en la provincia, al condenar a los principales integrantes del denominado “clan Hipperdinger” en la causa conocida como Lavado III, vinculada al desvío de fondos públicos destinados a programas de viviendas para comunidades indígenas en Villa Río Bermejito.

La pena más severa recayó sobre el exsecretario de Gobierno municipal José Héctor Hipperdinger, quien fue condenado a 15 años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, una multa equivalente a cuatro veces el monto de las operaciones investigadas y el decomiso de los bienes vinculados a los delitos. El tribunal lo consideró organizador y jefe de una asociación ilícita destinada a desviar y blanquear dinero de origen ilícito.

La lectura del veredicto se realizó pasadas las 13.45 y estuvo a cargo del presidente del tribunal, el juez Juan Manuel Iglesias, quien además rechazó todas las nulidades planteadas por las defensas y por la Unidad de Información Financiera (UIF). El fallo coincidió plenamente con el pedido del fiscal general Federico Carniel formulado durante los alegatos.

Delitos acreditados

Según la parte resolutiva de la sentencia, Hipperdinger fue hallado penalmente responsable, en concurso real, de los siguientes delitos:

  • Asociación ilícita (en carácter de organizador)
  • Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública
  • Enriquecimiento ilícito
  • Malversación de caudales públicos
  • Incumplimiento de los deberes de funcionario público
  • Defraudación contra la administración pública
  • Lavado de activos doblemente agravado, tanto por la habitualidad como por su condición de funcionario público

Las penas también alcanzaron a otros integrantes del entramado familiar y a colaboradores directos: Héctor Adrián Hipperdinger (hijo) y Rosana Giménez (exesposa): 13 años de prisión, inhabilitación perpetua, multas y decomiso de bienes, al ser considerados miembros de la asociación ilícita con participación agravada; Rolando Hipperdinger (primo) y David Ricardo Lezcano: 8 años de prisión efectiva; Silvia Natalia Hipperdinger, Adriana Alejandra Hipperdinger y Nancy Beatriz Giménez: 3 años de prisión en suspenso, multas, reglas de conducta y trabajos comunitarios no remunerados, bajo control del organismo de ejecución penal durante dos años.

En todos los casos, el tribunal ordenó el decomiso de los activos vinculados a las maniobras de lavado de dinero.

Una operatoria sostenida en el tiempo

Durante el juicio quedó acreditado que la organización criminal funcionó de manera sistemática y prolongada, utilizando estructuras administrativas, cooperativas y empresas que simulaban legalidad para canalizar fondos nacionales destinados a la construcción de viviendas sociales. Esos recursos, que debían beneficiar a comunidades indígenas y sectores vulnerables, fueron desviados para fines privados, con aval político y una red familiar organizada.

Un fallo con fuerte impacto institucional

La sentencia de Lavado III se consolida como uno de los fallos más contundentes contra la corrupción en la provincia, al exponer cómo el uso abusivo del poder público permitió transformar fondos estatales en patrimonio personal mediante mecanismos de lavado sofisticados.

Los fundamentos completos del fallo serán dados a conocer el 4 de febrero de 2026, a las 12, instancia clave para eventuales apelaciones ante tribunales superiores. Mientras tanto, la resolución marca un precedente significativo y refuerza el mensaje de que la corrupción no fue un hecho aislado, sino una práctica organizada con responsables claramente identificados.

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