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La Justicia decidió restaurar el CUIT de la suegra de Walter Pasko, implicada en el caso de facturación falsa

Pasko está siendo investigado por liderar una organización delictiva que emitía facturas falsas al gobierno a través de cooperativas y empresas. La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó una medida cautelar que obliga a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a restituir la clave fiscal de Juana Elsa Brahim, implicada en esta supuesta asociación ilícita para evadir impuestos.

Este conflicto surgió cuando ARCA anuló administrativamente el CUIT y la clave fiscal de Brahim. Ella apeló y logró una resolución favorable en diciembre de 2024. A pesar de la apelación de ARCA, el juez federal determinó que el recurso debía ser tramitado sin suspender la ejecución de la orden, lo que fue posteriormente impugnado por ARCA en la Cámara, que ahora ha cerrado esa opción.

ARCA argumentó que esta medida afectaba gravemente su capacidad de control tributario y citó una presunta violación de la Constitución Nacional. Sin embargo, la Cámara desestimó esta postura por considerarla inconstitucional, señalando que otorgar privilegios automáticos al Estado «desnaturaliza la función judicial» y dificulta el acceso a la justicia.

Este fallo es significativo en el marco judicial que enfrenta Brahim, quien, según el Ministerio Público Fiscal, formó parte de una red que desde 2019 operaba un esquema de evasión fiscal con facturas falsas. Brahim es mencionada como administradora de «La Reina del Norte SAS», donde su hija, Diana Yael Daniel, está casada con Pasko. La firma registró más de 10 millones de pesos en créditos fiscales con facturas consideradas fraudulentas. Pasko sostiene que los gastos se justificaron como un «asado para socios del consorcio», pero en realidad se incluyen como gastos empresariales. Además, existen testimonios de afectados que alegan que sus claves fiscales fueron usadas sin consentimiento para emitir operaciones ficticias por grandes sumas. A pesar de este contexto, la Cámara reafirmó que el Estado no puede interferir prematuramente en derechos fundamentales como el acceso al CUIT, en ausencia de condena firme.

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