La Justicia aceptó el reclamo de la CGT y suspendió el DNU que restringía el derecho a huelga
La jueza Moira Fullana hizo lugar a la medida cautelar presentada por la central sindical. Los líderes sindicales argumentaron que el decreto del Gobierno infringe el artículo 14 bis de la Constitución y convenios internacionales de trabajo.
La Justicia laboral concedió el pedido de la CGT y detuvo los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto de necesidad y urgencia 340/2025.
Este decreto había establecido una ampliación de las actividades esenciales que debían mantener un funcionamiento obligatorio entre el 50% y el 75% en situaciones de conflicto. El artículo 3 del decreto señalaba que “los conflictos colectivos que pudieran afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de gran relevancia quedaban sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”.
El texto detalló: “En relación con la prestación de servicios mínimos, para los servicios esenciales, no se podrá negociar o imponer una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio, y en el caso de actividades o servicios de gran importancia, una cobertura menor al 50%”.
El DNU generó un fuerte rechazo de las centrales sindicales, que presentaron un recurso judicial a finales de la semana pasada. Entre los argumentos, la CGT afirmaba que el decreto 340 «reglamentaba de forma restrictiva el derecho a huelga, ampliando de manera arbitraria la lista de actividades consideradas ‘servicios esenciales'». Además, señalaban que el decreto imponía niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, en la práctica, “imposibilitan el ejercicio legítimo de medidas de fuerza”. Los líderes sindicales argumentaron que la medida del Gobierno contraviene el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

