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Fallo del STJ por salarios docentes: el Ejecutivo debe actualizar haberes pero sin «Cláusula Gatillo»

El máximo tribunal del Chaco emitió la sentencia 70/26, en la que reconoce la urgencia de recomponer los sueldos del sector para evitar la «regresividad» de derechos, aunque aclaró que el Poder Judicial no puede determinar el mecanismo específico de aumento, ya que es facultad de los otros poderes.

 

 

 

En una definición de alto impacto institucional y gremial, el Superior Tribunal de Justicia del Chaco (STJ) resolvió de manera parcial el recurso de inconstitucionalidad presentado por la Provincia respecto a la actualización de los salarios docentes. Si bien el fallo ratifica que el Estado debe garantizar haberes dignos, anuló la obligatoriedad de restablecer la cláusula gatillo por vía judicial.

El eje de la sentencia 70/26 radica en la división de poderes. El STJ dejó sin efecto un punto clave de un fallo anterior de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, que obligaba al Ejecutivo a aplicar la actualización automática (cláusula gatillo).

Los magistrados argumentaron que la definición de regímenes salariales y sus mecanismos es atribución propia del Poder Ejecutivo y el Legislativo; que cualquier aumento requiere previsión de fondos y respaldo legal, áreas donde la Justicia no puede intervenir directamente. Además, el tribunal consideró que la instancia anterior se excedió al imponer un sistema concreto de actualización.

A pesar de rechazar la imposición de la cláusula gatillo, el STJ no le dio la razón absoluta a la Provincia. El tribunal mantuvo la exigencia de que el Ejecutivo actúe con «carácter urgente y en un plazo razonable» para adoptar medidas presupuestarias que protejan el salario docente.

El fallo advierte que la falta de mecanismos de protección contra la inflación puede considerarse una «medida regresiva», contraria a los estándares internacionales de derechos laborales. Por ello, el Estado está obligado a generar una solución que evite que las garantías constitucionales queden vacías de contenido.

Votos y disidencias
La resolución contó con el voto mayoritario de los jueces Víctor del Río, Emilia Valle e Iride Isabel María Grillo. Por su parte, los jueces Enrique Varela y Alberto Mario Modi presentaron una disidencia parcial. Si bien coincidieron con el fondo de la cuestión, consideraron que el STJ debía ser más directo y taxativo al ordenar al Ejecutivo la adopción de medidas inmediatas para asegurar la recomposición salarial, sin dejar tanto margen de discrecionalidad.

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