El STJ declaró inconstitucional el decreto de Valdés que limitaba alianzas municipales
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes declaró la inconstitucionalidad del apartado b) del Decreto N.º 1260/2025, dictado por el gobernador Gustavo Valdés en pleno proceso electoral.
La medida que pretendía restringir la adhesión entre boletas municipales y provinciales de distintos frentes, fue revocada tras una presentación de la oposición, y ahora quedó definitivamente anulada por decisión del máximo órgano judicial de la provincia.
La sentencia restituye el fallo de la jueza María Eugenia Herrero, quien había considerado que el decreto violaba principios constitucionales al dictarse fuera de término y en abierta contradicción con el régimen legal vigente. El STJ también rechazó por improcedente el recurso de nulidad extraordinario impulsado por el Ejecutivo y resolvió imponer costas al gobierno provincial, reafirmando que la normativa cuestionada excedía las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo.
Con esta resolución, los partidos políticos recuperan la posibilidad de conformar alianzas locales distintas a las provinciales, práctica habitual en muchos municipios correntinos. El fallo impacta directamente en la estrategia electoral rumbo a los comicios del 31 de agosto, y representa un freno institucional a lo que desde sectores opositores consideraron un intento de condicionar el juego democrático.

