Sociedad 

Diputados proponen una ley para crear un registro de «maltratadores» de animales

Diputados han presentado una iniciativa legislativa destinada a regular el bienestar integral de los animales y a combatir el maltrato hacia ellos. Esta propuesta, liderada por María Pía Chiacchio Cavana, Analía Inés Flores, Rodrigo Hernán Ocampo y Maida Gabriela With, sugiere la creación de un registro de «maltratadores» y un incremento en las sanciones para este tipo de delitos.

El primer artículo del texto afirma: «El objetivo de esta ley es regular en el territorio de la Provincia del Chaco el bienestar integral de los animales y el maltrato animal en todas sus formas, con el fin de prevenir y erradicar actos de violencia hacia ellos.»

Asimismo, se define el maltrato como «cualquier acto que ponga en peligro la vida de un animal», y se establece que la autoridad responsable estará bajo la supervisión del Ministerio de la Producción y Desarrollo Económico Sostenible.

El proyecto también incluye la creación de un registro denominado «Cuidados de Animales en Tránsito», que tendrá su propio sitio web. Este registro permitirá a centros de rescate, organizaciones e instituciones gestionar el cuidado de animales rescatados. Las personas inscritas en el registro podrán recibir donaciones y estarán sujetas a regulaciones que podrían establecer un régimen especial respecto a los ingresos brutos.

En el octavo punto del proyecto, se propone el establecimiento del Registro Único de Maltrato de Animales, cuyo fin será «mantener un listado en coordinación con los Municipios de la Provincia y la Justicia de faltas sobre las personas condenadas con sentencia definitiva por maltrato animal.»

El texto también menciona: «Se enviará mensualmente la lista de maltratadores a veterinarias, centros y asociaciones de adopción de mascotas, así como a todas aquellas organizaciones civiles o lugares donde se encuentren.» Asimismo, se permitirá nuevamente tener mascotas a aquellas personas que hayan cumplido con su sentencia.

Con respecto a las penas previstas en la Ley 2242-R, el proyecto indica que los infractores serán sancionados con «arresto de hasta ciento ochenta días (180), los costos que implique el cuidado y recuperación del animal y una multa de hasta treinta (30) salarios mínimos, vitales y móviles para quienes cometan actos de crueldad contra un animal».

Se consideran actos de crueldad animal: «a) Mutilaciones sin fines terapéuticos y evitando el sufrimiento; b) Golpear, lesionar, envenenar, torturar o someter a abusos sexuales; c) Uso de animales vivos para entrenar animales de guardia o ataque o para evaluar su agresividad; d) Abandonar a un animal de forma que quede desamparado o expuesto a riesgos que amenacen su integridad física o la de otros.»

Además, se establecen circunstancias agravantes si el autor tiene una posición de responsable, cuidador o protector respecto al animal. Si como resultado de estos actos el animal muere, la sanción será de hasta un año de arresto y, como medida accesoria, la prohibición permanente de tener animales.

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