Cuáles con las actividades que podrán funcionar hasta las 20 horas
El ministerio de Producción, Industria y Empleo resolvió que a partir del 1 de junio, las actividades económicas de carácter esencial que se desarrollen en las localidades críticas y sus áreas de influencia podrán adecuar su horario de atención hasta las 20 y con un máximo de 12 horas.
Además, en dicha normativa especifican que las actividades consideradas esenciales son aquellas que involucren la fabricación, distribución y comercialización mayorista y minorista de alimentos, bebidas, productos y artículos de higiene y limpieza; también incluye a farmacias y centros de atención telefónica.
El resto de las actividades económicas deberán fijar su horario máximo a las 18.
Determina además que la atención de oficinas, servicios profesionales u oficios podrá realizarse desde el 1 de junio y por siete días corridos, de 8 a 14, de lunes a viernes.
Finalmente, la resolución n° 0492 publicada hoy, incorpora también a los centros comerciales entre los rubros habilitados para realizar actividades de comercialización de bienes y servicios únicamente bajo la modalidad de delivery.

