Corrientes: la Justicia le restituyó la herencia a una mujer por un audio de WhatsApp de su esposo antes de morir
En un fallo que ya genera repercusión jurídica, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes restituyó los derechos hereditarios a una mujer que estaba separada de hecho y en pleno trámite de divorcio, basándose en un audio de WhatsApp que su esposo envió poco antes de fallecer.
La pareja llevaba poco más de un año separada. El hombre, atravesando una enfermedad terminal avanzada, había iniciado el proceso de divorcio vincular. Sin embargo, en los días previos a su muerte decidió cambiar de postura y envió un mensaje de voz a su abogado expresando su voluntad de desistir del trámite. “Quiero desistir del divorcio vincular, es mi voluntad. Pasamos un año separados y me di cuenta de que no puedo perderla”, afirmó. En ese mismo audio agregó una frase que resultó determinante para el tribunal: “Si me pasa algo, no quiero dejarla en banda”.
En primera instancia, la Justicia le había negado a la mujer el derecho a heredar, aplicando el artículo 2437 del Código Civil y Comercial, que excluye al cónyuge cuando existe separación de hecho o divorcio en curso. Sin embargo, el caso llegó al Superior Tribunal correntino, donde los ministros resolvieron apartarse de una interpretación estrictamente formal de la norma.
Por mayoría, los jueces Guillermo Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez, Fernando Augusto Niz y Alejandro Alberto Chain entendieron que el audio —certificado ante escribano— constituía una manifestación clara, inequívoca y final de voluntad. Sostuvieron que la ley no puede aplicarse de manera automática sin contemplar el contexto humano y las circunstancias particulares. Hubo un voto en disidencia del juez Eduardo Panseri, quien recordó que la separación original había estado vinculada a un contexto de violencia familiar. No obstante, la decisión final favoreció a la mujer, en lo que ya se considera un antecedente inédito en materia sucesoria en la provincia.

