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Causa ‘Facturas Truchas’: Fernando Ayala seguirá detenido en la U7 tras el rechazo de la prisión domiciliaria

El Tribunal Oral Federal de Resistencia desestimó el pedido de la defensa al considerar que no se acreditó una afectación «grave e insustituible» para sus hijos menores. Además, los magistrados advirtieron sobre el riesgo de fuga y entorpecimiento ante la inminencia del juicio oral.

 

 

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Resistencia dictó una resolución clave en la causa que investiga una presunta asociación ilícita dedicada a la creación de una «usina» de facturas apócrifas. Los jueces Enrique Jorge Bosch, Fabián Gustavo Cardozo y Juan Manuel Iglesias resolvieron que el imputado Fernando Adrián Ayala deberá continuar alojado en la Unidad 7 del Servicio Penitenciario Federal, rechazando así el pedido de excarcelación y la alternativa de arresto domiciliario.

El abogado defensor, Pablo Vianello, había solicitado morigerar la situación de Ayala alegando que la prisión preventiva resultaba «desproporcionada». Entre sus fundamentos principales, invocó el interés superior del niño, señalando que el encierro del progenitor estaba causando un daño emocional severo en sus hijos menores de edad. Asimismo, remarcó el arraigo del imputado en la ciudad y su supuesta «conducta procesal irreprochable» hasta el momento de su detención en abril de 2025.

El Ministerio Público Fiscal y las querellas (ARCA y la Unidad de Información Financiera – UIF) se opusieron firmemente a la libertad del procesado.

Los puntos centrales de la negativa fueron:

Riesgo de fuga: dada la gravedad de los delitos, la alta expectativa de pena y la capacidad económica del imputado, sumado a la cercanía con zonas fronterizas.

Entorpecimiento: ARCA señaló que, desde su hogar, Ayala podría utilizar herramientas tecnológicas (internet y redes sociales) para influir en testigos que deben declarar en el futuro debate.

Proximidad del juicio: con la audiencia preliminar ya realizada, el proceso se encuentra en una etapa crítica donde la presencia del imputado es fundamental.

Para resolver, el Tribunal analizó un informe socioambiental de la U7. Si bien el Ministerio Público Pupilar se mostró a favor de la domiciliaria por el impacto económico y emocional en la familia, los jueces concluyeron que no se probó que la presencia de Ayala fuera «indispensable».

El fallo destaca que los menores están bajo el cuidado de su madre, poseen escolaridad regular, asistencia psicológica y contención religiosa. El tribunal determinó que, aunque la ausencia del padre genera malestar, no existe una situación de desamparo que justifique la excepcionalidad del arresto domiciliario.

«La prisión domiciliaria no opera como un derecho automático; debe armonizarse con la obligación del Estado de asegurar la eficacia del proceso penal», indicaron los magistrados en la resolución.

Contexto judicial
Este revés para Ayala ocurre en una semana de intenso movimiento en su expediente. Recientemente, la Cámara Federal de Apelaciones concedió un recurso para que la Cámara de Casación trate un hábeas corpus presentado por el Servicio Penitenciario Federal, vinculado a las condiciones de detención y los traslados sanitarios del imputado. Por el momento, Ayala permanecerá tras las rejas de la Prisión Regional del Norte a la espera del inicio del debate oral.

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