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Casación confirmó la absolución de Aída Ayala en la causa por subsidios a Quitilipi

En un fallo dividido, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la desvinculación de la ex diputada nacional y ex intendenta de Resistencia. La Justicia consideró que no se probó la existencia de sobreprecios ni un direccionamiento deliberado de fondos públicos durante su gestión en el Ministerio del Interior.

 

 

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme este jueves la absolución de Aída Ayala en la investigación que rastreaba presuntas irregularidades en un subsidio nacional otorgado al municipio de Quitilipi en 2016. Con esta decisión, el máximo tribunal penal del país rechazó el recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y cerró uno de los frentes judiciales que enfrentaba la histórica dirigente radical.

La resolución de la Sala IV contó con los votos de los jueces Javier Carbajo y Gustavo Hornos, quienes conformaron la mayoría. Por el contrario, el magistrado Mariano Borinsky votó en disidencia, inclinándose por anular el juicio y realizar uno nuevo.

Los jueces que ratificaron la absolución sostuvieron que:

Falta de pruebas técnicas: no se incorporaron pericias idóneas que demostraran de manera fehaciente la existencia de sobreprecios. La acusación se basaba en estimaciones que no alcanzaron el grado de certeza necesario para una condena.

Controles administrativos: el expediente del subsidio (por un total de $998.537) atravesó diversas instancias técnicas y jurídicas dentro del Ministerio del Interior, sin recibir objeciones en su momento.

Responsabilidad municipal: el tribunal entendió que las fallas administrativas, como la falta de licitación pública, eran responsabilidad de la gestión del entonces intendente de Quitilipi, Sergio Casalboni, y no de la funcionaria nacional.

 

La investigación se originó en una operatoria ocurrida en 2016. Según la acusación, Ayala -entonces titular de la Secretaría de Asuntos Municipales- firmó el 28 de julio de ese año un convenio con el intendente de Quitilipi, Sergio Carlos Casalboni, mediante el cual se otorgó a esa comuna de Chaco un subsidio de $998.537 destinado a la compra de herramientas y maquinaria.

Para el Ministerio Público Fiscal, ese financiamiento habría sido utilizado para direccionar la compra hacia la firma Service Hogar, propiedad de Claudio Tolosa, mediante una operatoria irregular que habría provocado un perjuicio económico al Estado.

En el requerimiento de elevación a juicio se sostuvo que Ayala, “valiéndose de su función de Secretaria de Asuntos Municipales direccionó la contratación con el municipio de Quitilipi” a través de Balmaceda Paiva y Vilte, quienes trabajaban en esa comuna y tenían vínculos previos con la dirigente. Según la hipótesis fiscal, la operación permitió que se pagaran valores “manifiestamente más elevados que los establecidos por el mercado”.

La acusación también señaló desmanejos en el procedimiento administrativo, entre ellas la falta de licitación pública exigida por la normativa municipal y el pago correspondiente al proveedor antes de la entrega de los bienes.

El caso llegó a debate ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Resistencia, que dictó sentencia el 7 de julio de 2025 y resolvió la absolución de Aída Ayala y de los otros encausados al considerar que no se había probado la existencia de algún delito. El fiscal de juicio, Federico Carniel, había pedido una condena de cinco años de cárcel para la imputada, al encontrarla autora penalmente responsable por el ilícito de defraudación en perjuicio de la administración pública.

Para la mayoría de los jueces de Casación, el vínculo político entre los imputados no constituye por sí mismo un delito ni prueba la existencia de un «contubernio ilícito».

En su voto minoritario, el juez Borinsky cuestionó la sentencia del Tribunal Oral Federal de Resistencia (dictada en julio de 2025), calificándola de poseer una «argumentación aparente». Para Borinsky, el análisis de las pruebas fue «fragmentado» y no se valoraron indicios clave, como el hecho de que el proveedor cobrara la totalidad del dinero incluso antes de entregar los bienes.

 

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