Sociedad 

AUH para jubilados: ¿quiénes pueden acceder y qué deben presentar?

A través de una actualización normativa, se habilita la posibilidad de que abuelos, tíos o tutores puedan ser titulares del beneficio de la Asignación Universal por Hijo (AUH), si acreditan la convivencia con el menor.

La medida apunta a garantizar los derechos de niños y adolescentes que están bajo el cuidado de adultos mayores, incluso si no son sus padres biológicos.

¿Quiénes pueden cobrar la AUH además de los padres?

La AUH está dirigida principalmente a padres o madres sin empleo formal, pero no son los únicos que pueden acceder. ANSES contempla otros casos donde el menor está bajo el cuidado efectivo de otro adulto:

  • Abuelos o abuelas jubilados con nietos a cargo
  • Tíos u otros familiares responsables
  • Tutores legales reconocidos judicialmente

La clave para poder acceder es demostrar que el niño o adolescente convive con el adulto responsable y depende económicamente de él.

¿Qué documentos se necesitan para acceder a la AUH como jubilado?

El trámite para cobrar la AUH como jubilado se realiza en oficinas de ANSES. La documentación obligatoria incluye:

  • DNI del adulto responsable (original y copia)
  • DNI y partida de nacimiento del menor
  • Prueba de convivencia o tutela legal

Para acreditar el vínculo y la convivencia, ANSES acepta documentación emitida por:

  • Ministerio de Capital Humano
  • Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)
  • Organismos provinciales de niñez

Entre los documentos válidos figuran declaraciones juradas, notas técnicas de evaluación social o informes emitidos por asistentes sociales. El trámite puede hacerse sin turno en algunos centros de atención.

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