AUH para jubilados: ¿quiénes pueden acceder y qué deben presentar?
A través de una actualización normativa, se habilita la posibilidad de que abuelos, tíos o tutores puedan ser titulares del beneficio de la Asignación Universal por Hijo (AUH), si acreditan la convivencia con el menor.
La medida apunta a garantizar los derechos de niños y adolescentes que están bajo el cuidado de adultos mayores, incluso si no son sus padres biológicos.
¿Quiénes pueden cobrar la AUH además de los padres?
La AUH está dirigida principalmente a padres o madres sin empleo formal, pero no son los únicos que pueden acceder. ANSES contempla otros casos donde el menor está bajo el cuidado efectivo de otro adulto:
- Abuelos o abuelas jubilados con nietos a cargo
- Tíos u otros familiares responsables
- Tutores legales reconocidos judicialmente
La clave para poder acceder es demostrar que el niño o adolescente convive con el adulto responsable y depende económicamente de él.
¿Qué documentos se necesitan para acceder a la AUH como jubilado?
El trámite para cobrar la AUH como jubilado se realiza en oficinas de ANSES. La documentación obligatoria incluye:
- DNI del adulto responsable (original y copia)
- DNI y partida de nacimiento del menor
- Prueba de convivencia o tutela legal
Para acreditar el vínculo y la convivencia, ANSES acepta documentación emitida por:
- Ministerio de Capital Humano
- Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)
- Organismos provinciales de niñez
Entre los documentos válidos figuran declaraciones juradas, notas técnicas de evaluación social o informes emitidos por asistentes sociales. El trámite puede hacerse sin turno en algunos centros de atención.

