ARCA definió el Monotributo 2026: nuevos topes de facturación y cuotas desde enero
Los cambios alcanzan a trabajadores independientes y pequeños contribuyentes y obligan a revisar facturación y categoría antes del inicio de 2026.
ARCA y las modificaciones para el arranque de 2026. Desde enero, el Monotributo tendrá valores y topes por categoría que impactan de lleno en trabajadores independientes y pequeños contribuyentes. El dato no es menor: el régimen concentra en un pago mensual el componente impositivo, los aportes previsionales y la obra social.
Los nuevos valores impactarán de lleno en la facturación permitida por categoría y en el monto mensual a abonar, dos variables clave que determinan si un contribuyente puede seguir dentro del esquema simplificado o si deberá revisar su encuadre e incluso pasar al régimen general.
Topes de facturación: cuánto se podrá ingresar en 2026
El primer punto a tener en cuenta son los límites anuales de ingresos brutos por categoría. Superar el tope obliga a recategorizar y, en algunos casos, a abandonar el Monotributo. Para 2026, los máximos informados por ARCA quedan establecidos de la siguiente manera:
- Categoría A: $8.992.597,87
- Categoría B: $13.175.201,52
- Categoría C: $18.473.166,15
- Categoría D: $22.934.610,05
- Categoría E: $26.977.793,60
- Categoría F: $33.809.379,57
- Categoría G: $40.431.835,35
- Categoría H: $61.344.853,64
- Categoría I: $68.664.410,05
- Categoría J: $78.632.948,76
- Categoría K: $94.805.682,90
Cuotas mensuales: cuánto se pagará según la categoría
El importe mensual del Monotributo varía según la categoría y, desde la C en adelante, también según el tipo de actividad desarrollada. No pagan lo mismo quienes prestan servicios que quienes venden bienes, ya que el componente del impuesto integrado es distinto.
Con los valores que entrarán en vigencia en enero de 2026, las cuotas serán las siguientes:
- Categoría A: $37.085,74
- Categoría B: $42.216,41
- Categoría C: $49.435,58 para servicios y $48.320,22 para comercio
- Categoría D: $63.357,80 para servicios y $61.824,18 para comercio
- Categoría E: $89.714,31 para servicios y $81.070,26 para comercio
- Categoría F: $112.906,59 para servicios y $97.291,54 para comercio
- Categoría G: $172.457,38 para servicios y $118.920,05 para comercio
- Categoría H: $391.400,62 para servicios y $238.038,48 para comercio
- Categoría I: $721.650,46 para servicios y $355.672,64 para comercio
- Categoría J: $874.069,29 para servicios y $434.895,92 para comercio
- Categoría K: $1.208.890,60 para servicios y $525.732,01 para comercio
Recategorización semestral: plazos y alcance
La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año y tiene como finalidad verificar si el contribuyente continúa encuadrando en la misma categoría o si debe modificarla. El análisis se basa en los parámetros de los últimos 12 meses, considerando la facturación, el consumo energético, el monto de alquileres y otros indicadores previstos por la normativa vigente.
Para el año 2026, la primera recategorización se habilitará entre fines de enero y comienzos de febrero, mientras que la segunda tendrá lugar en el mes de agosto. Quienes no registren cambios en sus parámetros no deben realizar ninguna acción, pero aquellos que superen o queden por debajo de los límites de su categoría deben efectuar el trámite dentro del plazo establecido.
La falta de recategorización cuando corresponde puede dar lugar a sanciones, que incluyen multas y determinaciones de deuda retroactivas. En los últimos períodos, ARCA intensificó los controles automáticos y las notificaciones electrónicas, lo que incrementó la cantidad de ajustes detectados de oficio.
Fuente: IProfesional.-

