Interior 

Ante el incremento de casos, Capitanich dispuso restricciones en Charata, Sáenz Peña, Quitilipi y Machagai

El gobierno provincial estableció, a través del decreto N°1370, medidas especiales de distanciamiento preventivo y obligatorio para Charata, Presidencia Roque Sáenz Peña, Quitilipi y Machagai desde el 20 de octubre hasta el 2 de noviembre.

Debido al incremento de contagios de Covid-19, junto al comité de desescalada se analizó la estrategia para frenar la propagación del virus.

  • Continúa vigente la alarma sanitaria que prohíbe la circulación en las calles, desde las 21 hasta las 7 del día siguiente.
  • Continúa vigente la prohibición de eventos y reuniones públicas o privadas que impliquen concentración de personas.
  • Además se dispuso las restricción para el ingreso y egreso de la localidad y el transporte interjurisdiccional no esencial.
  • Se realizarán operativos de seguridad conjuntos para control y fiscalización y puestos de control policial y municipal rotativos de circulación y fiscalización.

Especificaciones para las actividades permitidas

Las actividades permitidas se podrán realizar bajo estricto cumplimiento de protocolos y medidas de bioseguridad.

  1. Están habilitadas las actividades comerciales, industriales, de construcción y de servicio en general, incluyendo ejercicio de profesiones liberales.
  2. Gastronomía, restaurantes, bares se permite la permanencia en grupos reducidos de hasta cuatro personas por mesa, al aire libre y con utilización de sistema de turnos.
  3. Hoteles, moteles, alojamientos, residenciales sin uso de espacios comunes.
  4. Las salidas de paseo recreativas estarán divididas, para personas de entre 15 a 60 años de edad que no integren grupos de riesgo, de 8 a 21; para niñas, niños y adolescentes de 16 a 19; para adultos mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo de 8 a 18 lunes, miércoles, viernes, fines de semana y feriados.
  5. Actividades físicas o deportivas: entrenamiento de carácter individual, en espacios al aire libre (diariamente hasta las 20); Gimnasios, Centros terapéuticos; trabajadoras y trabajadores de casas particulares (de lunes a sábado de 8 a 20);
  6. iglesias, cultos y salones de ejercicio espiritual;
  7. servicios fúnebres.
  8. Guarderías y Jardines Maternales: bajo protocolos de funcionamiento acordados entre Provincia y Municipios.
  9. Actividades turísticas: apertura de agencias de turismo para venta y reservas; establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general, con asignación de turnos sin restricción de días y horarios;
  10. Pesca deportiva, de costa y de embarcación menor.
  11. Administración Pública con turnos rotativos matutinos y vespertinos y bajo la modalidad de teletrabajo o trabajo remoto. Se mantiene licenciamiento para personas en grupos de riesgo y mayores de 60 años.

 

 

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