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ANSES llevó el caso de la pensión de Cristina a la Corte Suprema

El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Capital Humano y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el objetivo de revertir la sentencia que ordenó restituir la pensión por viudez que percibía la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner.

La apelación cuestiona el fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social que dispuso restablecer la asignación mensual vitalicia, previamente dada de baja por resolución administrativa del organismo previsional.

Desde la cartera que conduce Sandra Pettovello sostienen que la decisión judicial realizó una interpretación errónea del régimen legal aplicable. Según el planteo oficial, la asignación vitalicia para ex presidentes y sus derechohabientes no constituye una jubilación ordinaria ni un beneficio previsional contributivo, sino una prestación de carácter graciable y honorífico.

En esa línea, el recurso argumenta que este tipo de asignación no posee naturaleza alimentaria, ya que no está vinculada a aportes efectuados durante la vida laboral ni orientada a garantizar la subsistencia básica. Afirma que se trata de un reconocimiento asociado a la investidura presidencial, cuya continuidad depende del cumplimiento de determinadas condiciones legales y éticas.

La condena como eje del planteo

El núcleo del recurso radica en la condena penal firme dictada contra la ex mandataria en la denominada Causa Vialidad, que incluyó seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Según el Gobierno, esa situación configura una “indignidad sobreviniente” incompatible con la percepción de un beneficio honorífico financiado por el Estado.

Desde el Ministerio sostienen que la normativa vigente contempla la imposibilidad de mantener la asignación ante una condena con inhabilitación absoluta, y que la Cámara no habría ponderado adecuadamente ese aspecto al ordenar la restitución.

Cuestionamientos a la cautelar

Otro punto del recurso se centra en la medida cautelar que restableció el pago mientras se discute el fondo de la cuestión. El Ejecutivo considera que la Cámara habría anticipado el resultado del juicio principal al conceder provisoriamente el beneficio.

Asimismo, cuestiona que no se haya acreditado de manera concreta el “peligro en la demora”, requisito esencial para otorgar una tutela cautelar. Desde la postura oficial, al no tratarse de una prestación alimentaria, no existiría un daño irreparable que justifique la restitución inmediata.

La Corte Suprema deberá ahora resolver si admite el recurso extraordinario y, eventualmente, pronunciarse sobre la compatibilidad entre una condena penal firme y la percepción de asignaciones vitalicias para ex presidentes, en un fallo que podría sentar precedente institucional.

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